Seguidores

martes, 17 de abril de 2007

Aumentan los procesos de disolución de matrimonios y el divorcio civil

Abogado Gonzalo Afanador A.

Las separaciones se tramitan ante la Iglesia, los juzgados de familia y ante las Notarías.

El aumento de conflictos de familia y la flexibilización de procesos mediante las instancias civil y eclesiástica, ha propiciado en este siglo XXI la disolución de matrimonios en Colombia, dijo el abogado especialista en derecho canónico, Gonzalo Afanador A.


Por lo eclesiástico


Explicó el jurista que una de las características especiales en estos procesos de nulidad de matrimonios tiene que ver con la jurisdicción eclesiástica que flexibilizó los tramites y lo que antes se lograba llevando los casos hasta Roma a través de unos 10 años, ahora el tribunal eclesiástico dicta los fallos en Bogotá y en menor tiempo, hasta menos de 5 años, los contrayentes tienen resulta situación.

Por esta instancia, los esposos que logren la disolución, pueden volver a casarse por la iglesia, hecho que no es igual por lo civil con el divorcio.


La disolución de matrimonio por lo eclesiástico en Colombia se viene practicando desde 1917, desde la creación del Código de derecho Canónico, indicó el abogado Gonzalo Afanador. Lo que ha cambiado es la agilización de trámites al suprimirse la exigencia de enviar hasta roma los procesos.

Por lo civil

La instancia civil tiene dos componentes que son la separación ante los jueces y ante las notarías.
Ante los jueces de familia se realiza cuando los contrayentes no se ponen de acuerdo tanto en la repartición de bienes y de sus hijos y ante las notarías se practica con menor tiempo cuando ambos se identifican en la separación, sin alegar diferencias de bienes y familia, sostuvo el abogado.

Cambia en esta separación, es que los esposos luego del fallo, no pueden volver a casarse por la Iglesia, sino por lo civil, sea que se haya efectuado la diligencia a través de un juez o por medio de una Notaría, aseguró Gonzalo Afanador Afanador.

Causales

Las causales principales de disolución son entre otras la infidelidad, el maltrato cruel, la drogadicción y la separación de hecho, esta última cuando los contrayentes llevan más de 2 años sin vivir ambos.
Regresar a http://www.bersoa.blogspot.com/

No hay comentarios:

Publicar un comentario